El 29 de Diciembre del 2014, mediante Registro Oficial Suplemento 405, se publicó la Ley Orgánica de Incentivos a la Producción y Prevención del Fraude Fiscal, asi como su Reglamento de aplicación.
A través de esta normativa se implementan reformas al Código Orgánico Tributario, a la Ley de Régimen Tributario Interno y al Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Los principales cambios implementados son los siguientes:
Se agregan como responsables de la obligación tributaria, “los sustitutos del contribuyente”.
Se modifica el plazo para la cancelación de la obligación tributaria una vez aprobada la solicitud de facilidades de pago, permitiendo pagarla hasta en veinte y cuatro meses (antes el plazo era de 6 meses); y, se dispone que en casos especiales, puede concederse un plazo de hasta cuatro años (antes de dos años).
Se establecen nuevas reglas para la consideración de residencia fiscal de personas naturales y de sociedades.
Por primera vez se hace referencia al “beneficiario efectivo” de las rentas, imponiéndose a éste cargas tributarias.
Se establece la presunción legal sobre los créditos externos entre partes relacionadas, considerándose éstos como distribución de dividendos anticipados.
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